Grave retroceso para la independencia judicial y la calidad institucional en la Corte Suprema

La decisión del Poder Ejecutivo de designar por decreto a dos varones para la Corte Suprema
de Justicia de la Nación, sin el acuerdo del Senado y por medio de nombramientos en
comisión, constituye un avance indebido del presidente sobre el Poder Legislativo, una grave
afectación a la independencia judicial y una palmaria ofensa al deber de garantizar la igualdad
de género en el máximo tribunal, que impacta seriamente sobre su legitimidad y calidad
institucional.

La designación realizada mediante el Decreto 137/2025 se aparta del procedimiento
establecido por la Constitución, y constituye un claro abuso de una controvertida facultad del
Ejecutivo de “llenar las vacantes de los empleos que requieren acuerdo del Senado y que
ocurran durante su receso” por decreto. La mayoría agravada de dos tercios prevista por la
Constitución Nacional para dar acuerdo a la propuesta de candidatos, pretende justamente
evitar que el representante de un solo partido político pueda nombrar a un juez o jueza. La
división de poderes hace a la esencia misma de nuestro sistema republicano de gobierno, y
nunca puede ser avasallada por no conseguir los acuerdos políticos respecto de candidatos en
particular. El Senado tiene la atribución de no brindar acuerdo cuando considera que no están
dadas las condiciones para proceder a una designación, eso es justamente lo que la
Constitución le ordena hacer. El silencio de ninguna manera habilita un atropello institucional de
esta magnitud.

Además, avanzar en este sentido ignora las múltiples objeciones ciudadanas expresadas
durante el proceso de evaluación pública de los candidatos, que se habilitó en cumplimiento del
Decreto 222/03. En las diversas impugnaciones se argumentó la falta de idoneidad e
independencia de los candidatos, así como la preocupación por algunas de sus visiones, y se
alertó sobre el hecho de que sólo tres mujeres, frente a 104 hombres, lograran alcanzar el
cargo de jueza de la Corte Suprema en toda su historia, enfatizando en el deber constitucional
y convencional del Poder Ejecutivo de postular mujeres que reunieran las más altísimas
cualidades para ocupar el cargo.

Las reglas constitucionales no existen como una mera formalidad, sino como un mecanismo
para resguardar el equilibrio de poderes. Eludir el proceso constitucional para la designación de
jueces compromete la legitimidad del Máximo Tribunal, al dejar a dos de sus cinco integrantes
en una situación temporal y precaria, que los expone a presiones y afecta su credibilidad ante
la ciudadanía.

La búsqueda de consensos políticos para la integración de la Corte es esencial para su
legitimidad y clave para la seguridad jurídica sobre la cual se asienta el progreso social y
económico. Por lo demás, si la preocupación es el funcionamiento eficiente de la Corte con sólo
tres integrantes, dicho tribunal dispone de los mecanismos institucionales necesarios para
funcionar así hasta su debida y necesaria integración.

El Poder Judicial, especialmente la Corte Suprema, debe ser un pilar de respeto y confianza
para la sociedad. Argentina no merece una Corte designada por decreto, ni un sistema de
justicia que desprecie el valor de la independencia y la imparcialidad.

Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en derechos humanos y estudios sociales
(Andhes)
Amnistía Internacional
Área Salud, Economía y Sociedad de CEDES
Asociación Civil Líbera, abogacía feminista
Asociación Civil por el Cumplimiento de los Derechos Humanos (ACuDH)
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
Asociación Pensamiento Penal
Asociación por los Derechos Civiles (ADC)
Asuntos del Sur
Campaña Gqual
Católicas por el Derecho a Decidir
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
Colectiva Feminista La Revuelta, Neuquén, Patagonia Argentina
Democracia en Red
Directorio Legislativo
Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA)
Foro Pampeano por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito
Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
Fundación Mujeres en Igualdad
Fundación Mujeres x Mujeres
Fundación para el desarrollo de políticas sustentables (Fundeps)
Fundación para el Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM)
Fundación Poder Ciudadano
Fundación Sergio Karakachoff
Fundación Sur

FUSA AC
Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
Laboralistas Platenses
Liderar Mujer
Multi-Palabras Santa Fe
Programa Género y Derecho, Facultad de Derecho, UBA
Red de Profesoras de Derecho, UBA
Red de profesoras, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, UNLP
Red Mujeres para la Justicia
Salta Transparente

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